Con los continuos cambios normativos que sufrimos cada poco tiempo, cada vez es más aconsejable para todas las personas, empresarios o particulares, contar con un profesional que le asesore en temas legales, fiscales y laborales.
En ASESMART le ofrecemos asesoramiento en los siguientes temas:
- Empleados de hogar
- Arrendadores (Contrato de alquiler y liquidacion del IVA)
- Prestaciones de la Seguridad Social
- Asesoramiento en Herencias
Empleados de Hogar
Ofrecemos este servicio para facilitarle todos los trámites que debe realizar el cabeza de familia respecto a la afiliación, contratación y alta de su empleado/a de Hogar.
Es un servicio que podemos ofrecer en todo el Territorio Español, ya que la documentación se puede presentar en cualquier oficina de la TGSS.
Tenemos dos métodos para la gestión de este servicio:
Gestion Integral.
Con este método ASESMART realiza todas las gestiones necesarias para dar de alta a su empleado de Hogar.
Le envíamos un formulario que deberá rellenarlo y remitir para que tengamos todos los datos del empleador y el empleado de hogar. Una vez cumplimentada toda la documentación (Inscripción del empresario TA.6-0138 HOGAR, alta empleado TA 2S-0138, contrato de trabajo y primera nómina) se la enviamos para que sean firmados por el empleado y empleador.
Tras la firma nos lo tienen que hacer llegar junto a la documentación que le requiramos y en ese momento procederemos de la documentación en la TGSS. Una vez presentada le enviaremos a su domicilio toda la documentación original y sellada por la administración.
Gestion Parcial.
Al igual que en la Gestión integral, le enviamos un formulario que deberá de cumplimentar y remitirnos para así disponer de todos los datos tanto del empleador como del empleado de Hogar.
Una vez tengamos todos los formularios y el contrato de trabajo se los remitimos para que procedan a firmarlos y ustedes mismos lo presenten en la oficina de la TGSS más cercana a su domicilio.
Bonificaciones
Hasta el año 2014 habrá una reducción del 20% de las cotizaciones siempre que la obligación de cotizar se inicie a partir del 1 de Enero de 2012, la cual se ampliará hasta el 45% en el caso de familias numerosas.
Para que el empleador se beneficie de esta reducción será también requisito que el empleado a contratar no hubiera figurado en alta a tiempo completo con el mismo empleador en el periodo que va desde el 02-08-2011 al 31-12-2011.